RDGSJyFP de 28 de junio de 2021
07/10/2024 Acuerdos sociales Administrador solidario Cese del administrador Consejo de administración Resolución
Se plantea en esta resolución si es inscribible el acuerdo de cese de uno de los dos administradores solidarios de la sociedad o si es necesario el acuerdo simultaneo del nombramiento de otro administrador solidario o bien el cambio de la estructura del órgano de administración.
La DG recuerda la doctrina sobre la inscripción de la renuncia del administrador único sin necesidad de celebración de Junta General, siendo necesario únicamente su convocatoria (R. 6/3/15), así como, la posibilidad de presentar la renuncia en la misma Junta sin constar en el orden del día o sobre la inscripción de la renuncia de los miembros de un Consejo de Administración sin que se acordara el nombramiento de nuevos miembros (RR. 20, 21 y 22/09/00).
En este supuesto, la DG resuelve admitiendo el acceso al Registro del cese de uno de los administradores solidarios sin poder valorar los efectos que sobre la sociedad tendrá la falta de nombramiento de otro administrador solidario, por no haberse planteado esta cuestión en el recurso.
Mayte Otero
Profesora Contratada Doctor (acr.) de Derecho Mercantil, UMA
VIII CONGRESO Dº SOCIEDADES